Impuestos nacionales y municipales

Asesoría tributaria en Bello y Medellín: Régimen Simple, IVA, retención, ICA y exógena

Revisamos qué impuestos te tocan ante la DIAN y tu municipio, evaluamos si te conviene el Régimen Simple y preparamos tus declaraciones de IVA, retención en la fuente e ICA y tu reporte de exógena. Desde Bello, para Medellín, el Valle de Aburrá y toda Colombia.

  • Actualizado: noviembre de 2026
  • Cifras con la UVT 2026 y fuentes oficiales
  • Valle de Aburrá y atención remota en Colombia

Qué hacemos

Qué incluye nuestra asesoría tributaria

Sabrás qué impuestos te tocan, cuándo vence cada uno y qué soportes necesitas. Es parte de nuestra asesoría contable y tributaria en Bello, para personas, independientes y empresas.

Diagnóstico de obligaciones

Revisamos tu RUT, tu actividad y tus ingresos, y te entregamos la lista de tus impuestos con su calendario.

Régimen Simple u ordinario

Comparamos con tus números cuál te conviene y te acompañamos a optar a tiempo.

IVA y retención en la fuente

Revisamos si eres responsable de IVA, preparamos tus declaraciones y organizamos tus soportes.

ICA en Bello y Medellín

Te ayudamos con la inscripción en el RIT y preparamos tu declaración anual.

Información exógena

Verificamos si debes reportar y preparamos los formatos con la información de tus terceros.

RUT al día

Te acompañamos a inscribirte o a actualizar el RUT cuando cambian tus datos o tu actividad.

Régimen Simple

Régimen Simple: evaluamos si te conviene y te acompañamos a optar

El Régimen Simple (RST) es opcional: presentas una declaración anual consolidada y pagas anticipos bimestrales. Pueden optar las personas naturales que desarrollan empresa y las sociedades de socios personas naturales residentes, con ingresos del año anterior inferiores a 100.000 UVT. Aquí tienes los requisitos y lo que implica.

Requisitos para optar

  • Persona natural que desarrolla empresa, incluidos los profesionales liberales (la Sentencia C-540 de 2023 eliminó su tope especial de 12.000 UVT), o sociedad de socios personas naturales residentes en Colombia.
  • Ingresos del año anterior inferiores a 100.000 UVT; si tu empresa es nueva, los del año en curso.
  • RUT, firma electrónica y factura electrónica (art. 905 del Estatuto Tributario).
  • No estar en las exclusiones del artículo 906, como las personas naturales sin residencia en el país.

El Régimen Simple en cifras

Tope de ingresos de 2026
$5.237.400.000100.000 UVT, para optar en 2027
Plazo para optar
Último día hábil de febrero (Decreto 1847 de 2021). Estimada.
Anticipos
BimestralesFormulario 2593. Con ingresos inferiores a 3.500 UVT, la persona natural solo declara al año.

Régimen Simple frente al régimen ordinario

Obligaciones formales del Régimen Simple y del régimen ordinario
Aspecto Régimen Simple (RST) Régimen ordinario
Cómo entras Optas hasta el último día hábil de febrero o al inscribirte por primera vez en el RUT. Por defecto, si no optas por el Simple.
Tope de ingresos Menos de 100.000 UVT el año anterior. Sin tope.
Declaración Anual consolidada (Formulario 260) y anticipos bimestrales (Formulario 2593). Renta anual; personas naturales, entre agosto y octubre según el NIT.
IVA, si eres responsable Anual consolidado. Bimestral o cuatrimestral (art. 600 del Estatuto Tributario).
Factura electrónica Obligatoria: habilítate dentro de los 2 meses siguientes a la inscripción. Obligatoria para responsables de IVA, comerciantes y profesionales liberales, salvo no obligados (Res. DIAN 000165 de 2023).

Cuánto pagarías en cada uno depende de tus números: lo calculamos contigo antes de que decidas. Si optas, revisa también la factura electrónica obligatoria en el Régimen Simple.

IVA

IVA: ¿eres responsable? Tarifa y periodicidad

La tarifa general del IVA es del 19% (art. 468 del Estatuto Tributario). Si eres persona natural, solo dejas de ser responsable si cumples todas las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437.

Condiciones para no ser responsable

  • Ingresos de la actividad gravada inferiores a 3.500 UVT ($183.309.000 en 2026), este año y el anterior.
  • Un solo establecimiento.
  • Sin franquicias ni concesiones.
  • No ser usuario aduanero.
  • Sin contratos gravados de 3.500 UVT o más.
  • Consignaciones de actividades gravadas que no superen 3.500 UVT.

Si fuiste responsable de IVA al 31 de diciembre, debes declarar renta aunque no superes los topes para declarar renta en 2027.

¿Cada cuánto declaras IVA?

  • Bimestral 6 periodos al año

    Grandes contribuyentes, responsables de los artículos 477 y 481 y quienes tuvieron ingresos de 92.000 UVT o más el año anterior (para la periodicidad de 2027, ingresos de $4.818.408.000 o más en 2026).

  • Cuatrimestral 3 periodos al año

    Los demás responsables (art. 600 del Estatuto Tributario).

  • Anual consolidada 1 al año

    Responsables en el Régimen Simple.

Retención en la fuente

Retención en la fuente: qué es y qué obligaciones tiene el agente retenedor

Es un cobro anticipado del impuesto: quien paga descuenta una parte y la consigna a la DIAN, y quien recibe el pago la resta luego en su declaración.

Obligaciones del agente retenedor

  • Retener con la norma vigente en la fecha del pago o abono en cuenta.
  • Declarar y pagar cada mes lo retenido, en los plazos del calendario de la DIAN.
  • Expedir los certificados de retención.
  • Reportar información exógena.

Qué pasó con el Decreto 572 de 2025

  1. Empieza a regir; modificó la retención en la fuente.

  2. El Consejo de Estado suspende parte del decreto y la DIAN vuelve a las bases anteriores.

  3. Se revoca la suspensión.

  4. Lo explica el Oficio DIAN 15000 de 2026 (se abre en otra pestaña).

Por eso no publicamos tablas de bases ni tarifas: el proceso de nulidad sigue abierto. Revisamos la norma vigente cada vez que liquidas.

Impuestos municipales

Industria y comercio (ICA) en Bello y Medellín

El ICA se declara ante el municipio donde ejerces tu actividad; en Bello y Medellín, una vez al año. Las fechas de 2026 ya pasaron y las de 2027 las fija cada alcaldía.

ICA en Bello

Fechas 2026 vencidas
  • Año gravable 2025: del 24 al 30 de abril de 2026, según el último dígito del NIT.
  • Según la Alcaldía, las profesiones liberales también son sujetos del ICA.
  • Inscripción en el RIT dentro de los 30 días siguientes al inicio de actividades.
  • Se declara aunque los ingresos sean cero.
Calendario tributario de Bello 2026 (se abre en otra pestaña)

¿Trabajas en varios municipios del Valle de Aburrá? Juntamos tu ICA de cada uno en un solo calendario.

Reportes y registro

Información exógena y RUT: quién reporta, cuándo y cómo actualizar

La exógena es el reporte anual de tus operaciones con terceros; el RUT, tu registro ante la DIAN. Ambos deben coincidir con lo que declaras.

Información exógena

Según la Resolución DIAN 000227 de 2025, reportan, entre otros:

  • Personas naturales con ingresos brutos superiores a 11.800 UVT (en el año o el anterior) y, además, rentas de capital y no laborales superiores a 2.400 UVT en el año.
  • Los agentes de retención.

Plazos en días hábiles según el NIT (Res. 000188 de 2024): grandes contribuyentes, del 17.º día hábil de abril al 8.º de mayo; personas jurídicas y naturales, del 9.º día hábil de mayo al 9.º de junio.

Desde el año gravable 2026 hay formatos nuevos y cambia la versión del Formato 1001 (Resolución DIAN 000233 de 2025).

RUT: inscripción y actualización

El RUT te identifica ante la DIAN y registra tus responsabilidades, como IVA, retención o Régimen Simple.

  • Mayores de 14 años sin registro mercantil se inscriben en línea con el RUT virtual o con cita presencial.
  • No vence; se actualiza cuando cambian tus datos o tu actividad.
  • Al inscribirte puedes elegir el Régimen Simple.
El RUT en el portal de la DIAN (se abre en otra pestaña)

Calendario

Calendario tributario 2027 y cifras clave

Las fechas de 2027 son estimadas, sujetas al calendario oficial de la DIAN: las calculamos con sus reglas permanentes y los festivos del año, y las confirmamos cuando salgan los calendarios oficiales.

  1. Último día para optar por el Régimen Simple

    Último día hábil de febrero (Decreto 1847 de 2021).

    Estimada
  2. Fecha por confirmar

    Declaración anual del Simple e ICA

    En 2026, el Simple venció del 20 al 24 de abril, y el ICA, del 24 al 30 de abril en Bello y del 17 al 30 en Medellín.

    Por confirmar
  3. –

    Exógena del año gravable 2026

    Según el NIT y el tipo de contribuyente.

    Estimada
  4. –

    Renta de personas naturales

    Año gravable 2026, según el NIT (Decreto 2229 de 2023). Mira quién debe declarar renta en 2027.

    Estimada

Cifras de referencia de 2026

$52.374 UVT 2026 (Resolución DIAN 000238 de 2025)
19% Tarifa general del IVA (art. 468 del Estatuto Tributario)
$183.309.000 3.500 UVT: límite para no ser responsable de IVA en 2026
$524.000 10 UVT: sanción mínima en 2026 (art. 639 del Estatuto Tributario)

La UVT 2027 aún no está fijada (a 6 de noviembre de 2026), así que los valores de 2027 pueden cambiar. La reforma tributaria PL 477 de 2026 sigue en trámite: mientras no sea ley, aplicamos las normas vigentes.

Cómo trabajamos

Cómo trabajamos tu asesoría tributaria

Sabes desde el inicio qué revisamos, qué necesitamos y cuándo vence cada obligación.

  1. Diagnóstico

    Revisamos tu RUT, tu actividad y tus ingresos.

  2. Calendario

    Te entregamos tus vencimientos y la lista de soportes.

  3. Preparación

    Preparamos tus declaraciones y te explicamos cada cifra antes de presentarlas.

  4. Seguimiento

    Revisamos tus obligaciones cuando cambian tus ingresos, tu actividad o las normas.

Cuando un trámite exige la firma de un contador público o de un revisor fiscal, te lo indicamos desde el inicio y lo coordinamos con un profesional con tarjeta profesional vigente.

¿Tienes empresa? Integramos el calendario de impuestos de tu empresa con tu contabilidad mensual.

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Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes sobre asesoría tributaria

¿Quién puede inscribirse en el Régimen Simple de Tributación?

Las personas naturales que desarrollan empresa, incluidos los profesionales liberales, y las sociedades cuyos socios son personas naturales residentes en Colombia, con ingresos brutos del año anterior inferiores a 100.000 UVT ($5.237.400.000 para optar en 2027). Además deben tener RUT, firma electrónica y factura electrónica (art. 905 del Estatuto Tributario) y no estar en las exclusiones del artículo 906.

¿Me ayudan a decidir si me conviene el Régimen Simple en 2027?

Sí. Con tus números comparamos lo que pagarías en el Régimen Simple y en el ordinario y, si te conviene, te acompañamos a optar antes del último día hábil de febrero (Decreto 1847 de 2021): para 2027, el viernes 26 de febrero, fecha estimada y sujeta al calendario oficial de la DIAN. Si te inscribes por primera vez en el RUT, puedes elegirlo en ese momento.

¿Cuándo una persona natural es responsable de IVA?

Eres responsable de IVA si no cumples todas las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario. Entre ellas: ingresos brutos de la actividad gravada inferiores a 3.500 UVT ($183.309.000 en 2026) en el año anterior y en el actual, un solo establecimiento y no ser usuario aduanero. Basta con que incumplas una para ser responsable.

¿Cada cuánto se declara el IVA?

Bimestralmente si eres gran contribuyente, si tus ingresos brutos del año anterior fueron de 92.000 UVT o más o si eres responsable de los artículos 477 y 481; en los demás casos, cuatrimestralmente (art. 600 del Estatuto Tributario). En el Régimen Simple se presenta una declaración anual consolidada.

¿Quién debe presentar información exógena?

Según la Resolución DIAN 000227 de 2025, reporta la persona natural con ingresos brutos superiores a 11.800 UVT (en el año a reportar o en el anterior) y, además, rentas de capital y no laborales superiores a 2.400 UVT en el año; también los agentes de retención, entre otros. Para el año gravable 2026, los plazos irían del 23 de abril al 14 de junio de 2027 según el NIT: fechas estimadas, sujetas al calendario oficial de la DIAN.

¿Los profesionales independientes pagan ICA en Bello?

Según la Alcaldía de Bello, sí: las profesiones liberales son sujetos pasivos del impuesto de industria y comercio en el municipio donde prestan el servicio. Deben inscribirse en el RIT dentro de los 30 días siguientes al inicio de actividades y declarar cada año, aunque sus ingresos sean cero.

¿Cuánto cuesta la asesoría tributaria?

Depende de cuántas obligaciones tengas y de su frecuencia: no es lo mismo una declaración anual de ICA que IVA, retención y exógena durante todo el año. Revisamos tu RUT y tu actividad y te enviamos una propuesta con alcance y valor antes de empezar. Escríbenos por WhatsApp al +57 300 768 9547.

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