Diagnóstico de obligaciones
Revisamos tu RUT, tu actividad y tus ingresos, y te entregamos la lista de tus impuestos con su calendario.
Impuestos nacionales y municipales
Revisamos qué impuestos te tocan ante la DIAN y tu municipio, evaluamos si te conviene el Régimen Simple y preparamos tus declaraciones de IVA, retención en la fuente e ICA y tu reporte de exógena. Desde Bello, para Medellín, el Valle de Aburrá y toda Colombia.
Qué hacemos
Sabrás qué impuestos te tocan, cuándo vence cada uno y qué soportes necesitas. Es parte de nuestra asesoría contable y tributaria en Bello, para personas, independientes y empresas.
Revisamos tu RUT, tu actividad y tus ingresos, y te entregamos la lista de tus impuestos con su calendario.
Comparamos con tus números cuál te conviene y te acompañamos a optar a tiempo.
Revisamos si eres responsable de IVA, preparamos tus declaraciones y organizamos tus soportes.
Te ayudamos con la inscripción en el RIT y preparamos tu declaración anual.
Verificamos si debes reportar y preparamos los formatos con la información de tus terceros.
Te acompañamos a inscribirte o a actualizar el RUT cuando cambian tus datos o tu actividad.
Régimen Simple
El Régimen Simple (RST) es opcional: presentas una declaración anual consolidada y pagas anticipos bimestrales. Pueden optar las personas naturales que desarrollan empresa y las sociedades de socios personas naturales residentes, con ingresos del año anterior inferiores a 100.000 UVT. Aquí tienes los requisitos y lo que implica.
El Régimen Simple en cifras
| Aspecto | Régimen Simple (RST) | Régimen ordinario |
|---|---|---|
| Cómo entras | Optas hasta el último día hábil de febrero o al inscribirte por primera vez en el RUT. | Por defecto, si no optas por el Simple. |
| Tope de ingresos | Menos de 100.000 UVT el año anterior. | Sin tope. |
| Declaración | Anual consolidada (Formulario 260) y anticipos bimestrales (Formulario 2593). | Renta anual; personas naturales, entre agosto y octubre según el NIT. |
| IVA, si eres responsable | Anual consolidado. | Bimestral o cuatrimestral (art. 600 del Estatuto Tributario). |
| Factura electrónica | Obligatoria: habilítate dentro de los 2 meses siguientes a la inscripción. | Obligatoria para responsables de IVA, comerciantes y profesionales liberales, salvo no obligados (Res. DIAN 000165 de 2023). |
Cuánto pagarías en cada uno depende de tus números: lo calculamos contigo antes de que decidas. Si optas, revisa también la factura electrónica obligatoria en el Régimen Simple.
IVA
La tarifa general del IVA es del 19% (art. 468 del Estatuto Tributario). Si eres persona natural, solo dejas de ser responsable si cumples todas las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437.
Si fuiste responsable de IVA al 31 de diciembre, debes declarar renta aunque no superes los topes para declarar renta en 2027.
Grandes contribuyentes, responsables de los artículos 477 y 481 y quienes tuvieron ingresos de 92.000 UVT o más el año anterior (para la periodicidad de 2027, ingresos de $4.818.408.000 o más en 2026).
Los demás responsables (art. 600 del Estatuto Tributario).
Responsables en el Régimen Simple.
Retención en la fuente
Es un cobro anticipado del impuesto: quien paga descuenta una parte y la consigna a la DIAN, y quien recibe el pago la resta luego en su declaración.
Empieza a regir; modificó la retención en la fuente.
El Consejo de Estado suspende parte del decreto y la DIAN vuelve a las bases anteriores.
Se revoca la suspensión.
Lo explica el Oficio DIAN 15000 de 2026 (se abre en otra pestaña).
Impuestos municipales
El ICA se declara ante el municipio donde ejerces tu actividad; en Bello y Medellín, una vez al año. Las fechas de 2026 ya pasaron y las de 2027 las fija cada alcaldía.
¿Trabajas en varios municipios del Valle de Aburrá? Juntamos tu ICA de cada uno en un solo calendario.
Reportes y registro
La exógena es el reporte anual de tus operaciones con terceros; el RUT, tu registro ante la DIAN. Ambos deben coincidir con lo que declaras.
Según la Resolución DIAN 000227 de 2025, reportan, entre otros:
Plazos en días hábiles según el NIT (Res. 000188 de 2024): grandes contribuyentes, del 17.º día hábil de abril al 8.º de mayo; personas jurídicas y naturales, del 9.º día hábil de mayo al 9.º de junio.
Desde el año gravable 2026 hay formatos nuevos y cambia la versión del Formato 1001 (Resolución DIAN 000233 de 2025).
El RUT te identifica ante la DIAN y registra tus responsabilidades, como IVA, retención o Régimen Simple.
Calendario
Las fechas de 2027 son estimadas, sujetas al calendario oficial de la DIAN: las calculamos con sus reglas permanentes y los festivos del año, y las confirmamos cuando salgan los calendarios oficiales.
Último día hábil de febrero (Decreto 1847 de 2021).
Fecha por confirmar
En 2026, el Simple venció del 20 al 24 de abril, y el ICA, del 24 al 30 de abril en Bello y del 17 al 30 en Medellín.
Por confirmar–
Según el NIT y el tipo de contribuyente.
–
Año gravable 2026, según el NIT (Decreto 2229 de 2023). Mira quién debe declarar renta en 2027.
Revisadas el .
Cómo trabajamos
Sabes desde el inicio qué revisamos, qué necesitamos y cuándo vence cada obligación.
Revisamos tu RUT, tu actividad y tus ingresos.
Te entregamos tus vencimientos y la lista de soportes.
Preparamos tus declaraciones y te explicamos cada cifra antes de presentarlas.
Revisamos tus obligaciones cuando cambian tus ingresos, tu actividad o las normas.
Cuando un trámite exige la firma de un contador público o de un revisor fiscal, te lo indicamos desde el inicio y lo coordinamos con un profesional con tarjeta profesional vigente.
¿Tienes empresa? Integramos el calendario de impuestos de tu empresa con tu contabilidad mensual.
Contabilidad + tecnología
También desarrollamos software y operamos productos propios. Si tus datos viven en varias hojas de cálculo, los unimos con automatización e integraciones.
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Trámites Flex es una herramienta privada de SoftwareFlex: no es el RUNT ni una entidad del Estado. La radicación se hace ante el RUNT con la información del concesionario. SyndicationFlex es un software de gestión. SoftwareFlex provee la tecnología: no capta recursos del público, no ofrece inversiones ni asesora sobre ellas. Metin2 es una marca registrada de su titular. Metin2Price es una herramienta independiente, no oficial y no afiliada a Gameforge.
Resolvemos tus dudas
Las personas naturales que desarrollan empresa, incluidos los profesionales liberales, y las sociedades cuyos socios son personas naturales residentes en Colombia, con ingresos brutos del año anterior inferiores a 100.000 UVT ($5.237.400.000 para optar en 2027). Además deben tener RUT, firma electrónica y factura electrónica (art. 905 del Estatuto Tributario) y no estar en las exclusiones del artículo 906.
Sí. Con tus números comparamos lo que pagarías en el Régimen Simple y en el ordinario y, si te conviene, te acompañamos a optar antes del último día hábil de febrero (Decreto 1847 de 2021): para 2027, el viernes 26 de febrero, fecha estimada y sujeta al calendario oficial de la DIAN. Si te inscribes por primera vez en el RUT, puedes elegirlo en ese momento.
Eres responsable de IVA si no cumples todas las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario. Entre ellas: ingresos brutos de la actividad gravada inferiores a 3.500 UVT ($183.309.000 en 2026) en el año anterior y en el actual, un solo establecimiento y no ser usuario aduanero. Basta con que incumplas una para ser responsable.
Bimestralmente si eres gran contribuyente, si tus ingresos brutos del año anterior fueron de 92.000 UVT o más o si eres responsable de los artículos 477 y 481; en los demás casos, cuatrimestralmente (art. 600 del Estatuto Tributario). En el Régimen Simple se presenta una declaración anual consolidada.
Según la Resolución DIAN 000227 de 2025, reporta la persona natural con ingresos brutos superiores a 11.800 UVT (en el año a reportar o en el anterior) y, además, rentas de capital y no laborales superiores a 2.400 UVT en el año; también los agentes de retención, entre otros. Para el año gravable 2026, los plazos irían del 23 de abril al 14 de junio de 2027 según el NIT: fechas estimadas, sujetas al calendario oficial de la DIAN.
Según la Alcaldía de Bello, sí: las profesiones liberales son sujetos pasivos del impuesto de industria y comercio en el municipio donde prestan el servicio. Deben inscribirse en el RIT dentro de los 30 días siguientes al inicio de actividades y declarar cada año, aunque sus ingresos sean cero.
Depende de cuántas obligaciones tengas y de su frecuencia: no es lo mismo una declaración anual de ICA que IVA, retención y exógena durante todo el año. Revisamos tu RUT y tu actividad y te enviamos una propuesta con alcance y valor antes de empezar. Escríbenos por WhatsApp al +57 300 768 9547.
Otros servicios
Llevamos tu contabilidad mes a mes: registros, conciliaciones, estados financieros e informes claros para decidir.
Revisamos si estás obligado a declarar, organizamos tus soportes y presentamos tu declaración a tiempo para evitar sanciones.
Te ayudamos a cumplir con la facturación electrónica y la nómina electrónica de la DIAN, desde la habilitación hasta la operación diaria.
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