Facturación · Nómina · Documento soporte

Facturación electrónica y nómina electrónica: cómo cumplir con la DIAN

Debes facturar electrónicamente si eres responsable de IVA, comerciante o profesional liberal no exceptuado, contribuyente del Régimen Simple o persona natural con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT ($183.309.000 con la UVT 2026). Si pagas nómina y la deduces en renta, también emites nómina electrónica. Te ayudamos a habilitarte y a cumplir.

  • Actualizado: noviembre de 2026
  • Con fuentes oficiales de la DIAN
  • Desde Bello para toda Colombia

Obligados a facturar

¿Quién está obligado a facturar electrónicamente?

Si vendes bienes o prestas servicios, debes facturar electrónicamente, salvo que la norma te excluya de forma expresa. Estos son los obligados según el artículo 7 de la Resolución DIAN 000165 de 2023 y el portal de la DIAN.

3.500 UVT Umbral de ingresos brutos para personas naturales
$183.309.000 Ese umbral en pesos, con la UVT 2026 de $52.374
2 meses Para habilitarte tras superar el umbral o cambiar de condición

Responsables de IVA y del impuesto al consumo

Soportan sus ventas con factura electrónica.

Comerciantes, profesionales liberales y prestadores de servicios

Salvo que estén entre los no obligados del artículo 8, como la persona natural no responsable de IVA.

Quienes venden productos agrícolas o ganaderos

El artículo 7 los incluye de forma expresa, con las mismas excepciones del artículo 8.

Importadores y comerciantes que venden al consumidor final

También están en la lista de obligados del artículo 7.

Personas naturales que superan 3.500 UVT

Según la DIAN, deben facturar si sus ingresos brutos superan ese umbral: $183.309.000 con la UVT 2026.

El artículo 7 incluye también a tipógrafos y litógrafos, y hoy está compilado en la Resolución DIAN 000227 de 2025.

Cuenta de cobro y documento soporte

Quién no está obligado: cuenta de cobro y documento soporte

Si estás en la lista de no obligados (art. 8 de la Resolución DIAN 000165 de 2023), puedes cobrar con cuenta de cobro, y quien te compra genera el documento soporte.

No están obligados a facturar, entre otros:

  • Personas naturales no responsables de IVA (art. 437, parágrafos 3 y 5 del Estatuto Tributario) ni del impuesto al consumo.
  • Asalariados y pensionados, por esos ingresos.
  • Personas naturales que solo venden bienes excluidos o prestan servicios no gravados, con ingresos inferiores a 3.500 UVT.
  • Bancos y entidades similares, y las cooperativas en sus operaciones financieras.
  • El servicio de transporte público urbano.
  • Prestadores de servicios desde el exterior.
  • Juntas de acción comunal.

¿Superaste el umbral o pasaste a ser responsable de IVA? Sales de esta lista y tienes dos meses para habilitarte.

Cuando le compras a quien no factura
  1. Tu proveedor te cobra sin factura, por ejemplo con cuenta de cobro.

  2. Tú generas el documento soporte como comprador.

  3. Lo transmites a la DIAN si eres facturador electrónico.

  4. Soportas el costo en tu declaración de renta y el IVA descontable.

Resolución DIAN 000167 de 2021

Nómina electrónica

Nómina electrónica: quién la emite y cuándo se transmite

La emite el empleador que es contribuyente del impuesto sobre la renta y paga a trabajadores o a pensionados a su cargo, cuando necesita soportar esos pagos como costo o deducción (Resolución DIAN 000013 de 2021, art. 4).

  • Cada mes se genera un documento por cada trabajador o pensionado (art. 3).
  • Se transmite a la DIAN dentro de los diez primeros días del mes siguiente al pago (art. 8).
  • Las correcciones se hacen con notas de ajuste.
  • Ya aplica a todos los obligados: el calendario de implementación se cumplió.

Te ayudamos a organizar los pagos de cada mes y a cumplir el plazo, junto con tu contabilidad mes a mes si la necesitas.

Así funciona cada mes

Mes del pago

Pagas la nómina a tus trabajadores y a los pensionados a tu cargo.

Generas un documento por cada uno con los pagos de ese mes.

Mes siguiente

Días 1 a 10: transmites los documentos a la DIAN.

Tabla resumen

Factura, cuenta de cobro, documento soporte y nómina: cuál usar

Usa factura electrónica si estás obligado a facturar, cuenta de cobro si no lo estás, documento soporte cuando le compras a quien no factura y nómina electrónica para soportar los pagos laborales. Así se comparan:

Documentos frente a la DIAN · Actualizado: noviembre de 2026
Documento Quién lo genera Para qué sirve Norma de referencia
Factura electrónica de venta Quien vende bienes o presta servicios y está obligado a facturar. Soportar tus ventas. Res. DIAN 000165 de 2023, art. 7
Cuenta de cobro Quien no está obligado a facturar, como la persona natural no responsable de IVA. Cobrar mientras sigas entre los no obligados. Res. DIAN 000165 de 2023, art. 8
Documento soporte En adquisiciones a no obligados a facturar El comprador. Soportar el costo en renta y el IVA descontable. Si eres facturador electrónico, lo transmites a la DIAN. Res. DIAN 000167 de 2021
Nómina electrónica Documento soporte de pago de nómina electrónica El empleador contribuyente del impuesto sobre la renta. Soportar los pagos laborales y a pensionados. Se transmite en los diez primeros días del mes siguiente. Res. DIAN 000013 de 2021, arts. 3, 4 y 8

Herramientas para facturar

Software para facturar: gratuito de la DIAN, proveedor tecnológico o desarrollo propio

La DIAN reconoce tres formas de facturar electrónicamente. La adecuada depende de cuántas facturas emites, si necesitas inventario o cartera, quién la va a manejar y con qué sistemas debe conectarse.

Facturación Gratuita DIAN

Es la solución de facturación electrónica que ofrece la propia DIAN, sin costo para quien la usa.

Sin costo

Proveedor tecnológico

Contratas el servicio con una empresa del listado de proveedores tecnológicos que publica la DIAN.

Servicio contratado

Desarrollo propio

Tu propio software factura ante la DIAN, construido con la «caja de herramientas» técnica de la DIAN.

Requiere equipo técnico

¿Ya trabajas con un software a la medida?

Te ayudamos con la integración de facturación electrónica con tu software, para que tus ventas no se digiten dos veces.

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Cómo te ayudamos

Cómo habilitarte como facturador electrónico ante la DIAN

Te habilitas en el portal de la DIAN: con el RUT actualizado y firma electrónica, haces el registro, envías el set de pruebas, pasas a producción y solicitas la numeración. Tienes dos meses desde que cambia tu condición, y te ayudamos a habilitarte desde Bello, Antioquia, con atención remota en toda Colombia.

  1. Revisamos tu caso

    Con tu RUT, tu actividad y tus ingresos definimos si debes facturar o emitir nómina electrónica, y qué herramienta te sirve: la gratuita de la DIAN, un proveedor tecnológico o desarrollo propio.

  2. Alistas lo básico

    RUT actualizado, acceso al correo registrado en él y firma electrónica.

  3. Te habilitas con nosotros

    Registro en el portal de habilitación, set de pruebas, paso a producción, numeración en MUISCA y asociación de rangos.

  4. Primeros documentos, revisados

    Revisamos tus primeras facturas y nóminas electrónicas y te dejamos claros los plazos.

Cuando un trámite exige la firma de un contador público o de un revisor fiscal, te lo indicamos desde el inicio y lo coordinamos con un profesional con tarjeta profesional vigente.

Productos SoftwareFlex

Software propio que creamos y operamos

También hacemos desarrollo de software a la medida y operamos productos propios. Uno resuelve el cobro de quien no está obligado a facturar.

Para veterinarios de campo

SoftwareFlex Veterinario: cuentas de cobro, abonos y cartera

Al cerrar la visita, la cuenta de cobro queda lista con tus servicios y tarifas. Registra abonos, muestra tu cartera y funciona sin señal en la finca.

  • Valor en letras y datos de pago
  • Abonos por Nequi o Daviplata
  • Aviso de cuentas vencidas
  • Envío en PDF o por WhatsApp

No reemplaza la factura electrónica: si superas el umbral o pasas a ser responsable de IVA, te ayudamos con el cambio.

$50.000 COP al mes 30 días gratis, sin tarjeta · sin permanencia

Pantalla de cobros de SoftwareFlex Veterinario con el valor por cobrar, lo cobrado en el mes y las cuentas vencidas
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Inmobiliario

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Sindicación inmobiliaria con la marca de tu firma

Videojuegos

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El cristal de comercio de Metin2, en la web

Trámites Flex es una herramienta privada de SoftwareFlex: no es el RUNT ni una entidad del Estado. La radicación se hace ante el RUNT con la información del concesionario. SyndicationFlex es un software de gestión. SoftwareFlex provee la tecnología: no capta recursos del público, no ofrece inversiones ni asesora sobre ellas. Metin2 es una marca registrada de su titular. Metin2Price es una herramienta independiente, no oficial y no afiliada a Gameforge.

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Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes sobre facturación y nómina electrónica

¿Una persona natural está obligada a facturar electrónicamente?

Sí, si eres responsable de IVA, comerciante o profesional liberal no exceptuado, o contribuyente del Régimen Simple (Resolución DIAN 000165 de 2023, art. 7). Según la DIAN, también debes facturar si tus ingresos brutos superan 3.500 UVT ($183.309.000 con la UVT 2026).

¿Puedo seguir usando cuenta de cobro?

Solo si no estás obligado a facturar; por ejemplo, si eres persona natural no responsable de IVA (Resolución DIAN 000165 de 2023, art. 8). En ese caso, quien te compra y necesita soportar el costo o el IVA descontable genera el documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar (Resolución DIAN 000167 de 2021).

¿Cuánto tiempo tengo para empezar a facturar si supero el tope?

Según la DIAN, tienes dos meses desde que superas el umbral o cambias de condición para habilitarte y empezar a facturar electrónicamente. Si te inscribes en el Régimen Simple, el plazo también es de dos meses, contados desde la inscripción.

¿Cómo me habilito como facturador electrónico?

Con el RUT actualizado, acceso al correo registrado en él y firma electrónica, te registras en el portal de habilitación de la DIAN, envías el set de pruebas, pasas a producción, solicitas la numeración en MUISCA y asocias los rangos. Antes escoges la herramienta: la solución gratuita de la DIAN, un proveedor tecnológico o un software propio. En SoftwareFlex te acompañamos en cada paso.

¿Quién debe emitir nómina electrónica?

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta que hacen pagos por una relación laboral o legal y reglamentaria, o a pensionados a su cargo, y necesitan soportarlos como costos o deducciones (Resolución DIAN 000013 de 2021, art. 4). No depende del tamaño de la empresa: el calendario de implementación, ya cumplido, incluyó a los empleadores de 1 a 10 trabajadores.

¿Cuándo se transmite la nómina electrónica?

Cada mes se genera un documento por cada trabajador o pensionado, con los pagos de ese mes, y se transmite a la DIAN dentro de los diez primeros días del mes siguiente (Resolución DIAN 000013 de 2021, arts. 3 y 8). Por ejemplo, los pagos de octubre se reportan en los diez primeros días de noviembre. Las correcciones se hacen con notas de ajuste.

Soy veterinario independiente, ¿puedo trabajar con cuentas de cobro?

Sí, si no estás obligado a facturar; por ejemplo, como persona natural no responsable de IVA. SoftwareFlex Veterinario arma tus cuentas de cobro, registra abonos y controla tu cartera; puedes probarlo gratis 30 días. Si superas el umbral o pasas a ser responsable de IVA, te ayudamos a pasar a la factura electrónica.

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