Responsables de IVA y del impuesto al consumo
Soportan sus ventas con factura electrónica.
Facturación · Nómina · Documento soporte
Debes facturar electrónicamente si eres responsable de IVA, comerciante o profesional liberal no exceptuado, contribuyente del Régimen Simple o persona natural con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT ($183.309.000 con la UVT 2026). Si pagas nómina y la deduces en renta, también emites nómina electrónica. Te ayudamos a habilitarte y a cumplir.
Obligados a facturar
Si vendes bienes o prestas servicios, debes facturar electrónicamente, salvo que la norma te excluya de forma expresa. Estos son los obligados según el artículo 7 de la Resolución DIAN 000165 de 2023 y el portal de la DIAN.
Soportan sus ventas con factura electrónica.
Salvo que estén entre los no obligados del artículo 8, como la persona natural no responsable de IVA.
El artículo 7 los incluye de forma expresa, con las mismas excepciones del artículo 8.
También están en la lista de obligados del artículo 7.
Deben habilitarse dentro de los dos meses siguientes a su inscripción.
Régimen Simple: requisitos y obligacionesSegún la DIAN, deben facturar si sus ingresos brutos superan ese umbral: $183.309.000 con la UVT 2026.
El artículo 7 incluye también a tipógrafos y litógrafos, y hoy está compilado en la Resolución DIAN 000227 de 2025.
Cuenta de cobro y documento soporte
Si estás en la lista de no obligados (art. 8 de la Resolución DIAN 000165 de 2023), puedes cobrar con cuenta de cobro, y quien te compra genera el documento soporte.
Tu proveedor te cobra sin factura, por ejemplo con cuenta de cobro.
Tú generas el documento soporte como comprador.
Lo transmites a la DIAN si eres facturador electrónico.
Soportas el costo en tu declaración de renta y el IVA descontable.
Resolución DIAN 000167 de 2021
Nómina electrónica
La emite el empleador que es contribuyente del impuesto sobre la renta y paga a trabajadores o a pensionados a su cargo, cuando necesita soportar esos pagos como costo o deducción (Resolución DIAN 000013 de 2021, art. 4).
Te ayudamos a organizar los pagos de cada mes y a cumplir el plazo, junto con tu contabilidad mes a mes si la necesitas.
Mes del pago
Pagas la nómina a tus trabajadores y a los pensionados a tu cargo.
Generas un documento por cada uno con los pagos de ese mes.
Mes siguiente
Días 1 a 10: transmites los documentos a la DIAN.
Tabla resumen
Usa factura electrónica si estás obligado a facturar, cuenta de cobro si no lo estás, documento soporte cuando le compras a quien no factura y nómina electrónica para soportar los pagos laborales. Así se comparan:
| Documento | Quién lo genera | Para qué sirve | Norma de referencia |
|---|---|---|---|
| Factura electrónica de venta | Quien vende bienes o presta servicios y está obligado a facturar. | Soportar tus ventas. | Res. DIAN 000165 de 2023, art. 7 |
| Cuenta de cobro | Quien no está obligado a facturar, como la persona natural no responsable de IVA. | Cobrar mientras sigas entre los no obligados. | Res. DIAN 000165 de 2023, art. 8 |
| Documento soporte En adquisiciones a no obligados a facturar | El comprador. | Soportar el costo en renta y el IVA descontable. Si eres facturador electrónico, lo transmites a la DIAN. | Res. DIAN 000167 de 2021 |
| Nómina electrónica Documento soporte de pago de nómina electrónica | El empleador contribuyente del impuesto sobre la renta. | Soportar los pagos laborales y a pensionados. Se transmite en los diez primeros días del mes siguiente. | Res. DIAN 000013 de 2021, arts. 3, 4 y 8 |
Actualizado:
Herramientas para facturar
La DIAN reconoce tres formas de facturar electrónicamente. La adecuada depende de cuántas facturas emites, si necesitas inventario o cartera, quién la va a manejar y con qué sistemas debe conectarse.
Es la solución de facturación electrónica que ofrece la propia DIAN, sin costo para quien la usa.
Sin costoContratas el servicio con una empresa del listado de proveedores tecnológicos que publica la DIAN.
Servicio contratadoTu propio software factura ante la DIAN, construido con la «caja de herramientas» técnica de la DIAN.
Te ayudamos con la integración de facturación electrónica con tu software, para que tus ventas no se digiten dos veces.
Cómo te ayudamos
Te habilitas en el portal de la DIAN: con el RUT actualizado y firma electrónica, haces el registro, envías el set de pruebas, pasas a producción y solicitas la numeración. Tienes dos meses desde que cambia tu condición, y te ayudamos a habilitarte desde Bello, Antioquia, con atención remota en toda Colombia.
Con tu RUT, tu actividad y tus ingresos definimos si debes facturar o emitir nómina electrónica, y qué herramienta te sirve: la gratuita de la DIAN, un proveedor tecnológico o desarrollo propio.
RUT actualizado, acceso al correo registrado en él y firma electrónica.
Registro en el portal de habilitación, set de pruebas, paso a producción, numeración en MUISCA y asociación de rangos.
Revisamos tus primeras facturas y nóminas electrónicas y te dejamos claros los plazos.
Cuando un trámite exige la firma de un contador público o de un revisor fiscal, te lo indicamos desde el inicio y lo coordinamos con un profesional con tarjeta profesional vigente.
Productos SoftwareFlex
También hacemos desarrollo de software a la medida y operamos productos propios. Uno resuelve el cobro de quien no está obligado a facturar.
Al cerrar la visita, la cuenta de cobro queda lista con tus servicios y tarifas. Registra abonos, muestra tu cartera y funciona sin señal en la finca.
No reemplaza la factura electrónica: si superas el umbral o pasas a ser responsable de IVA, te ayudamos con el cambio.
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Trámites Flex es una herramienta privada de SoftwareFlex: no es el RUNT ni una entidad del Estado. La radicación se hace ante el RUNT con la información del concesionario. SyndicationFlex es un software de gestión. SoftwareFlex provee la tecnología: no capta recursos del público, no ofrece inversiones ni asesora sobre ellas. Metin2 es una marca registrada de su titular. Metin2Price es una herramienta independiente, no oficial y no afiliada a Gameforge.
Resolvemos tus dudas
Sí, si eres responsable de IVA, comerciante o profesional liberal no exceptuado, o contribuyente del Régimen Simple (Resolución DIAN 000165 de 2023, art. 7). Según la DIAN, también debes facturar si tus ingresos brutos superan 3.500 UVT ($183.309.000 con la UVT 2026).
Solo si no estás obligado a facturar; por ejemplo, si eres persona natural no responsable de IVA (Resolución DIAN 000165 de 2023, art. 8). En ese caso, quien te compra y necesita soportar el costo o el IVA descontable genera el documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar (Resolución DIAN 000167 de 2021).
Según la DIAN, tienes dos meses desde que superas el umbral o cambias de condición para habilitarte y empezar a facturar electrónicamente. Si te inscribes en el Régimen Simple, el plazo también es de dos meses, contados desde la inscripción.
Con el RUT actualizado, acceso al correo registrado en él y firma electrónica, te registras en el portal de habilitación de la DIAN, envías el set de pruebas, pasas a producción, solicitas la numeración en MUISCA y asocias los rangos. Antes escoges la herramienta: la solución gratuita de la DIAN, un proveedor tecnológico o un software propio. En SoftwareFlex te acompañamos en cada paso.
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta que hacen pagos por una relación laboral o legal y reglamentaria, o a pensionados a su cargo, y necesitan soportarlos como costos o deducciones (Resolución DIAN 000013 de 2021, art. 4). No depende del tamaño de la empresa: el calendario de implementación, ya cumplido, incluyó a los empleadores de 1 a 10 trabajadores.
Cada mes se genera un documento por cada trabajador o pensionado, con los pagos de ese mes, y se transmite a la DIAN dentro de los diez primeros días del mes siguiente (Resolución DIAN 000013 de 2021, arts. 3 y 8). Por ejemplo, los pagos de octubre se reportan en los diez primeros días de noviembre. Las correcciones se hacen con notas de ajuste.
Sí, si no estás obligado a facturar; por ejemplo, como persona natural no responsable de IVA. SoftwareFlex Veterinario arma tus cuentas de cobro, registra abonos y controla tu cartera; puedes probarlo gratis 30 días. Si superas el umbral o pasas a ser responsable de IVA, te ayudamos a pasar a la factura electrónica.
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